martes, 8 de julio de 2008

La Ley de Cultos en Chile


Por: Alianza Cristiana y Missionera de Chile


1.- Ya es Ley de la República

Con fecha 14 de Octubre de 1999, con el número 19.638 y bajo el encabezado "Establece normas sobre la constitución jurídica de las iglesias y organizaciones religiosas" fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile la llamada "Ley de Culto (ver facsímil).

Entra así en plena vigencia esta tan largamente esperada ley, tras haber sido promulgada por el Presidente de la República en el primer día del mes aniversario de la Reforma Protestante, en un acto solemne que congregó a representantes de numerosas iglesias evangélicas y de otras confesiones religiosas.

La mencionada ley reafirma las garantías constitucionales referentes a la libertad de culto y conciencia, define lo que se entiende por libertad religiosa y de culto, permite y facilita (pero no obliga) a las iglesias organizarse como personas jurídicas de derecho público, establece franquicias tributarias a su favor y da normas para su disolución con el fin de protegerlas de acciones arbitrarias de las autoridades. Además, tiene el carácter de "ley marco", es decir, que incluye a todas las iglesias y organizaciones religiosas por igual, terminando con la odiosa discriminación existente en nuestro país a favor de la Iglesia Romana.

2.- Nuestra gratitud

Junto con expresar a Dios nuestro Señor nuestra gratitud por esta bendición que Él nos ha concedido, queremos también hacer llegar nuestro reconocimiento al Sr. Senador don Mario Ríos Santander, quien se jugó entero por sacar adelante este proyecto; sin cuyo tesón hoy día no tendríamos ley.

Fueron sus largas horas de labor convenciendo y animando a sus colegas a apoyar esta ley lo que permitió sacarla finalmente adelante en la Comisión Especial del Senado y lograr que ella fuera puesta en tabla para su votación particular. Sin su esfuerzo, esta ley sería un proyecto más durmiendo en las oficinas del Congreso.

También queremos expresar el agradecimiento del pueblo evangélico hacia el diputado Sergio Elgueta B.; quien con inteligencia y altura de miras transformó el mal proyecto inicial enviado por el Ejecutivo en un proyecto viable y aceptable. Su propuesta, con algunas modificaciones menores es la que finalmente aprobó nuestro Congreso.

¡ Qué la bendición del Señor esté sobre ambos y sobra cada una de las autoridades que contribuyeron a hacer realidad este proyecto.

3.- Fue una larga espera

Después de numerosas vicisitudes (4 años en la Cámara de Diputados y 2 años en el Senado), y gracias al tesón del Senador Mario Ríos, llegó finalmente a su etapa de votación en particular por la Sala del Senado; pero a causa de la oposición de la Iglesia Romana, no llegó a ser tratado antes del término de la legislatura ordinaria de 1998. El Presidente de la República, por análogas razones, tampoco aceptó incluirlo en la convocatoria extraordinaria que siguió a continuación. Finalmente, gracias a los esfuerzos de éste y otros senadores, se llegó a una fórmula de consenso que fue aprobada durante la legislatura ordinaria de 1999 por amplia mayoría en el Senado y por unanimidad en la Cámara de Diputados.

El proyecto llevaba ya dos años entrampado en el Senado, mientras su presidencia trataba de conciliar el deseo de las iglesias evangélicas de ver consagrado en esta Ley el principio de la igualdad jurídica de todas las iglesias y organizaciones religiosas; y la oposición de la Iglesia Romana que veía amenazados sus privilegios al reconocer este principio.

Durante ese tiempo, más de una vez fuimos citados a Valparaíso para presenciar una votación que finalmente no se producía porque el proyecto era retirado de la tabla.

En septiembre de 1998, el proyecto estaba listo para ser votado en particular; pero el Presidente del Senado, Sr. Andrés Zaldívar, al no lograr convencer a las iglesias evangélicas para que aceptaran una redacción propuesta por la Iglesia Romana, que les significaba continuar siendo discriminadas, esta vez legalmente, optó por no poner en tabla la discusión particular del proyecto.

El punto conflictivo de este proyecto era su artículo 20º (ex 6º), que la Iglesia Romana no aceptaba porque consideraba que atentaba contra sus privilegios actuales, por lo que fue objeto de numerosas negociaciones sin que se llegase a un acuerdo.

Finalmente, el 6 de Julio recién pasado, el proyecto fue sometido a la consideración de la sala gracias a la intervención de los senadores señores Andrés Zaldívar, Mario Ríos, Hernán Larraín, y José A. Viera-Gallo, quienes alcanzaron una fórmula de consenso para el actual artículo 20º (anterior artículo 6º), el que junto con reconocer la personalidad jurídica de las iglesias que la tuvieran con anterioridad a la fecha de esta ley, aseguraba a su vez, la no discriminación entre las diferentes iglesias y confesiones religiosas; redacción que fue aceptada por la unanimidad de los comités del Senado, y su articulado puesto en votación.

La nueva redacción de este artículo se parece mucho a una proposición anterior del Comité de Organizaciones Evangélicas (COE), destinada a salvaguardar la igualdad de trato entre las iglesias, el que había sido rechazada por la Iglesia Romana; (ver al final de esta página la historia de este artículo); por lo que se puede afirmar que el Senado recogió la aspiración de las iglesias evangélicas por un trato igualitario ante la ley

Junto con ello, el Senado introdujo algunas modificaciones menores en algunos artículos, destinadas a mejorar técnicamente el proyecto; pero que no modifican su fondo.

Luego de esto, el articulado del proyecto fue aprobado por 38 votos a favor, dos abstenciones (senadores Andrés Chadwick y Rafael Moreno) y dos en contra (senadores Gabriel Valdés y Carmen Frei), volviendo nuevamente a la Cámara de Diputados para que esta aprobara los cambios introducidos por el Senado; lo que fue resuelto por la unanimidad de los diputados el día 15 de Julio.

Durante toda su tramitación, la mala voluntad del Ejecutivo hacia este proyecto de ley quedó en evidencia por hechos tales como que nunca se lo incluyó entre los proyectos a tratarse durante los períodos de legislatura extraordinaria (19 de Septiembre a 21 de Mayo), nunca se le otorgó calificación de urgencia y, finalmente, luego de aprobarse por amplísima mayoría en el Congreso, se esperó hasta el último minuto para cumplir con la obligación constitucional de responder a la Cámara de Diputados sobre su intención o no de vetarla.

4.- Para la historia

Los intereses de las iglesias cristianas de Chile están siendo defendidos por el Comité de Organizaciones Evangélicas (COE), organismo en el que, directa o indirectamente, están representadas todas las iglesias evangélicas de Chile y que ha dado una larga batalla por sacar adelante este proyecto, resistiendo toda clase de presiones y encerronas de parte de la jerarquía romana y de sus voceros en el Gobierno y en el Congreso. Este Comité ha fijado su posición frente al proyecto en numerosos documentos y declaraciones; de las cuales incluimos a continuación las dos más importantes porque contienen, entre otras cosas, una excelente historia de las vicisitudes que éste ha experimentado a lo largo de sus seis años de lento avance en el Congreso.

a.- Carta dirigida al Presidente del Senado, Sr. Andrés Zaldívar Larraín, con copia a todos los señores senadores: continuación...
...La ley: http://www.acym.cl/leyde.htm


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